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Información proporcionada por: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARCERNNR)

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a emitir la autorización para la ampliación de plazo para Clientes Industriales para el producto asfaltos de obras públicas y no públicas.

¿A quién está dirigido?

Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desean ejecutan obras públicas y no públicas que requieren asfaltos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización para la ampliación del plazo para Clientes Industriales del producto asfaltos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario electrónico de reforma de autorización vigente de catastro asfaltos en el sistema de catastro industrial en línea de la Institución. 
  2. Certificado de ampliación de plazo de obra pública o no pública.

¿Cómo hago el trámite?

Pasos a seguir en Línea:

  1. El solicitante ingresa formulario electrónico de reforma de la autorización vigente por ampliación de plazo a través del sistema de catastro industrial en línea de la Institución y automáticamente el formulario pasa a revisión de la comercializadora o centro de distribución industrial.
  2. La comercializadora o centro de distribución industrial aprueba en línea el formulario electrónico de reforma ingresado por el solicitante y pasa automáticamente a evaluación de la Institución.
  3. El formulario de reforma del solicitante es evaluado por el técnico responsable de la Institución, si el formulario cumple los requisitos se aprueba en línea y el formulario de reforma automáticamente pasa a revisión, para la autorización del Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso.
  4. El Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso  aprueba la reforma, se emite la nueva autorización, se extingue la anterior y se notifica automáticamente al consumidor final mediante el correo electrónico. 
  5. En caso que el formulario no cumpla los requisitos se remite en línea al Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso para su negación y la inmediata notificación al solicitante a través del correo electrónico registrado en el sistema.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.

Horario de atención: las 24:00 horas los 7 días de la semana. 

Link del sistema en línea: http://siscoh-ci.controlhidrocarburos.gob.ec/comercializacionCldhIndustrialWeb/faces/protegido/inicio.xhtml

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

De acuerdo a la duración de la obra o proyecto.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Alex Gamboa

Email: alex.gamboa@controlrecursosyenergia.gob.ec

Teléfono: 3996 500 / 5275

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 36
2 2024-02 0 18
3 2024-03 0 13
4 2024-04 0 1
5 2023-01 0 11
6 2023-02 0 8
7 2023-03 0 3
8 2023-04 0 1
9 2023-05 0 3
10 2023-06 0 2
11 2023-07 0 1
12 2023-08 0 3
13 2023-09 0 2
14 2023-10 0 37
15 2023-11 0 30
16 2023-12 0 32
17 2022-01 0 82
18 2022-02 0 11
19 2022-03 0 12
20 2022-04 0 1
21 2022-05 0 2
22 2022-06 0 5
23 2022-07 0 14
24 2022-08 0 7
25 2022-09 0 11
26 2022-10 0 15
27 2022-11 0 4
28 2022-12 0 18
29 2021-01 0 6
30 2021-02 0 7
31 2021-03 0 13
32 2021-04 0 3
33 2021-05 0 7
34 2021-06 0 1
35 2021-07 0 6
36 2021-08 0 2
37 2021-09 0 2
38 2021-10 0 12
39 2021-11 0 4
40 2021-12 0 4
41 2020-01 0 10
42 2020-02 0 4
43 2020-03 0 5
44 2020-04 0 3
45 2020-05 0 6
46 2020-06 0 7
47 2020-07 0 7
48 2020-08 0 5
49 2020-09 0 8
50 2020-10 0 14
51 2020-11 0 11
52 2020-12 0 12
53 2019-01 0 6
54 2019-02 0 16
55 2019-03 0 4
56 2019-04 0 5
57 2019-05 0 4
58 2019-06 0 8
59 2019-07 0 9
60 2019-08 0 7
61 2019-09 0 7
62 2019-10 0 9
63 2019-11 0 3
64 2019-12 0 6
65 2018-12 0 0
66 2017-12 0 177
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/01/11

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