Las personas que evidencien potenciales afectaciones al medio ambiente en el Distrito Metropolitano de Quito, que sean generadas por cualquier persona natural o jurídica en el desarrollo de sus actividades económicas o productivas desde un predio, pueden presentar su respectiva denuncia a la Secretaría de Ambiente para su atención a través de los diferentes canales de recepción. En esta categoría de trámite, se pueden ingresar los siguientes tipos de denuncias: - Descargas líquidas de origen industrial, comercial o de servicios, vertidas al sistema de alcantarillado y/o a cuerpos hídricos (no incluye las descargas líquidas habituales de viviendas) - Ruido generado por actividades industriales, comerciales o de servicios (no incluye ruido dentro de viviendas, espacios públicos o publicidades móviles) - Residuos y desechos no peligrosos, peligrosos y especiales de actividades económicas que se encuentren en establecimientos industriales, comerciales y de servicios (no incluye residuos domésticos) - Emisiones a la atmósfera (como olores, gases, material particulado) provenientes de procesos de actividades industriales, comerciales o de servicios (no incluye viviendas, vehículos y chimeneas de viviendas).
TIPOS DE DENUNCIAS QUE NO SE ATENDERÁN POR NO SER INSTANCIA COMPETENTE
Está dirigido a todas las personas para que en calidad de denunciantes informen sobre posibles afectaciones ambientales generada en el desarrollo de cualquier tipo de actividad económica (industrial, comercial y de servicios) en el Distrito Metropolitano de Quito.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
- Información al denunciante sobre la gestión realizada por la denuncia ambiental.
- Comunicación a la Agencia Metropolitana de Control para el inicio del proceso adminsitrativo sancionador en caso de incumplimientos a la normativa ambiental vigente
En Línea
Presencial
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
EN LÍNEA:
Habilitado las 24 horas en el Portal de Servicios Municipales PAM.
PRESENCIAL:
Instalaciones de la Secretaría de Ambiente ubicadas en la Av. Río Coca E6-85 e Isla Genovesa, en horarios de oficina de 08h00 a 16h00.
Contacto: Ventanilla de atención al público de la Secretaría de Ambiente
Email: sambiente.tramites@quito.gob.ec
Teléfono: Teléfono: 02 3952300 ext.:24105
Ordenanza Municipal Nro.001-2019, publicada en el Registro Oficial, edición especial, Nro. 902 de 07 de mayo de 2019 y sus reformas.
Título V, Del Sistema de Manejo Ambiental del Distrito Metropolitano de Quito de la Ordenanza Metrpolitana No.001, su instructivo de aplicación, normas técnicas y sus reformas.
Establece la comprobación de los hechos denunciados, mediante los mecanismos establecidos en la normativa ambiental por parte de la Autoridad Ambiental Competente quién verificará técnicamente su cumplimiento y en caso de requerirlo procederá con la solicitud del respectivo proceso sancionador para los autores a través de la Agencia Metropolitana de Control y/o pondrá en conocimiento de los jueces civiles o penales correspondientes, respetando el debido proceso.
Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Libro Tercero (1332)
Código Orgáncio Administrativo y sus reformas.
Código Organico del Ambiente (33)
Reglamento al Código Orgánico del Ambiente (1355)
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-07 | 0 | 80 |
2 | 2024-08 | 0 | 87 |
3 | 2024-09 | 0 | 29 |
4 | 2024-10 | 0 | 30 |
Fecha de última actualización: 2024/09/02