Fecha de suscripción: 2009-03-12
Fecha de publicación: 2009-03-12
Número de registro: R.O. 108 Año 2009
Tipo de regulación: Ordenanza municipal
Establece el marco normativo para realización de toda intervención en el uso, ocupación, utilización y fraccionamiento del suelo en el cantón Ambato.
El Plan de Ordenamiento Territorial de Ambato, así como las disposiciones de la presente ordenanza que lo contiene, y de las Normas de Arquitectura y Urbanismo del
Cantón Ambato, son de fuerza obligatoria general y de aplicación en todo el territorio cantonal. En consecuencia, toda intervención en el uso, ocupación, utilización y fraccionamiento del suelo que se realice en el cantón, se regirá por estas disposiciones.
Respecto del uso de la tierra, no se podrán efectuar construcciones, movimientos de tierra, destrucción de bosques o zonas arborizadas o dar cualquier uso que estuviere en pugna con la calificación urbanística correspondiente a un predio, determinado en el Plan de Ordenamiento Territorial de Ambato.
Para el caso de edificios e instalaciones existentes con anterioridad a la vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial de Ambato, que se hallen afectados por el mismo, se aplicara lo previsto en los artículos 220 y 221 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.